
Entrevista por IVC y Unión Radio
Texto: Alba Ciudad (Luigino Bracci Roa)
Indicó que en marzo de 2016 se hizo la impresión de la Gaceta con las normas de los procesos de renovación de las organizaciones con fines políticos. Sin embargo, en una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitida el 21 de octubre de 2016, la Sala Constitucional impone cinco reglas para la renovación:
- La doble militancia debe regularse en las organizaciones de alcance nacional.
- Sólo las organizaciones nacionales deben ir a la renovación. Las organizaciones regionales serán tomadas después de las elecciones regionales.
- Deberán renovarse aquellas organizaciones que no obtuvieron el 1 por ciento en las elecciones en al menos 12 estados.
- Todas aquellas organizaciones con fines políticos que no participaron en las elecciones también deberán renovarse.
- Debe usarse el sistema biométrico (captahuellas).
Indica que “es la Sala Constitucional la que toma esta decisión” y el CNE, al elaborar las normas, debe acatar la sentencia.
D’Amelio también señala que la Ley de Partidos Políticos, que data de 1965, es la que indica que en cada período constitucional del 5 años hay que renovar la organización con fines políticos. “Es histórico que los partidos vayan a un proceso de renovación”.
Criticó que se ataque al CNE por el proceso de renovación de partidos cuando hay una ley de 1965 y una sentencia del TSJ que así se los exige. “Cuando hay una sentencia del TSJ, todo ciudadano que se sienta afectado puede pedir una aclaratoria”, señaló D’Amelio, indicando que la misma tiene que solicitarse ante la Sala Constitucional.
También explicó que es falso que los partidos deban renovarse en los 24 estados. “Deben renovarse en 12 entidades, el 0,5 por ciento” en base al registro electoral de 2015 para las elecciones legislativas de ese año.
Por ejemplo, “en Amazonas, la población electoral es de 102.449 personas, y el 0,5 por ciento de esa población es 512 personas, que debe movilizar el partido político que desee reinscribirse”.
Trampas en las renovaciones de los partidos políticos
“Si tú eres un partido nacional, tú tienes que tener tu estructura y tu militancia”, explicó D’Amelio. “Eso ayuda a un proceso de sentarse, dialogar, conversar y proponer”. Pero hay estados donde un partido que se cataloga como nacional “no tiene ni un militante”, explicó.
“Esto no es inédito. Han habido más de cinco procesos de renovación” Indicó que antes, los partidos traían “las firmas rapidito” porque hacían una serie de trampas y vicios.
Contra la doble militancia
Recordó que, en 2011, cuando también se hizo una renovación de los partidos, varios de ellos acudían a una plaza, cada uno llevaba 10 personas y esas diez personas se inscribían en cada uno de los partidos, lo que implicaba que cada persona aparecía inscrita en varios partidos políticos, lo que en su opinión es algo incorrecto. Razón por la cual el TSJ colocó normas para regular la doble militancia.
Indicó que, cuando se haga el cruce de inscritos en partidos políticos, si una persona se inscribió como militante en varios partidos políticos, el que será válido es el último donde se inscriba la persona.
Señaló que hay personas que están inscritas como militantes de uno o varios partidos políticos sin saberlo, “porque antes los partidos entregaban unas firmas, llevaban unas planillas al CNE, las incorporaban en el expediente” y la única verificación que se hacía en el ente rector, era verificar si la persona era un elector.
Otros partidos se renovaban recogiendo firmas nada más en dos o tres estados. Luego, se iban a las oficinas del CNE en los otros estados y presentaban las planillas de firmas, como si las hubieran tomado en esos otros estados.
Elecciones de gobernadores no serán en el primer semestre de 2017
La sentencia del TSJ del 21 de octubre de 2016 dice, en su último ítem, que los partidos que no renueven su inscripción ante el CNE y que “no se legitimen”, no podrán participar en ningún proceso electoral.
“En este momento está interrumpido el proceso de la convocatoria, hasta tanto el proceso de renovación no concluya, porque tú no pueden violar los derechos de esas organizaciones con fines políticos que quieren postularen el proceso”, explicó D’Amelio al ser interrogada sobre si las elecciones de gobernadores se realizarán en el primer semestre de 2017, como se había anunciado el 18 de octubre del año pasado.
El proceso de renovación de partidos políticos será hasta el 21 de junio, pues también habrá un tiempo para reparos en el que el CNE indicará a cada partido si le faltan firmas, y le dará un lapso para subsanar lo que les falte. También habrá un lapso para impugnaciones. La rectora indicó que, una vez finalizados los procesos, es que la Junta Nacional se reunirá y anunciará los lapsos de los futuros procesos electorales.
PSUV y la MUD están vigentes
Sobre las afirmaciones de Juan Carlos Caldera, representante de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ante el CNE, de que el organismo pretende anular todos los partidos políticos y dejar únicamente al Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), negó esto absolutamente. “En estos momentos hay 5 organizaciones vigentes en el estado venezolano: el partido La MUD, el PSUV, Puente, IPP y UPP 89. Son cinco organizaciones que en este momento están legítimas”.
Recordó D’Amelio que hay muchas otras organizaciones con fines políticos que no están aglomeradas ni en la MUD ni en el Gran Polo Patriótico. Son 62 organizaciones de alcance nacional las que deben renovarse, de las cuales 58 han manifestado tener intenciones de hacerlo. También recordó que una cosa es el partido MUD, y otra cosa es la Mesa de la Unidad, que “es un conglomerado de los partidos”, pero no son todos los partidos de la oposición.
Explicó que el partido MUD y el PSUV “no van al proceso de renovación porque cumplieron con el 1 por ciento en más de 12 entidades”. Las otras tres organizaciones fueron incluidas porque el CNE, en su oportunidad, no publicó en Gaceta su constitución, “por lo que ellos no pudieron postularse”, por lo que fueron incluidas como organizaciones ya constituidas y vigentes como forma de subsanar este error.
También indicó que, según la Ley de Partidos Políticos de 1965, “el TSJ, a instancias del poder Ejecutivo Nacional, conocerá sobre la disolución del partido que, de manera sistemática, propugne o desarrolle actividades contra el orden constitucional”.
Tomado de: Rectora del CNE Tania D'Amelio: La renovación de partidos se hace desde 1965 y las condiciones fueron fijadas por el TSJ
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