miércoles, 3 de abril de 2019

La Asamblea Nacional en desacato no tiene funciones internacionales aseguran abogados (+Audio)

“La Asamblea Nacional no tiene funciones internacionales”, fue parte de los puntos que surgieron de la entrevista que este martes se le realizó en el operativo especial informativo de Alba Ciudad 96.3 FM, a los abogados Francisco Artigas Pérez, también asesor de Justicia Trasferencia y Tutela Ejecutiva de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y a Juan Carlos Valdez, abogado especialista en derecho financiero tributario, administrativo y constitucional, quienes explicaron un poco sobre el artículo 187 que quiere aplicar la Asamblea en desacato.


Texto: Alba Ciudad (Angie Vélez)/ Foto: Paola Pertuz


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Según las consideraciones de Artigas, al intentar aplicar este articulo, se pretende violar los derechos, ya que Guaidó ha venido aplicando políticas dirigidas desde las élites internacionales destacada en los últimos años, por un desconocimiento de los principios fundamentales que rigen al derecho internacional público tales como, el principio a la no injerencia, la autodeterminación de los pueblos y la violación sin precedentes de la soberanía de las naciones u estado. En ese sentido, detalló que estos hechos vienen enmarcados dentro de un ataque programado a los estados nación, pretendiendo destruir su capacidad como estado, para luego poner su propia autoridad.


Del mismo modo, hizo mención de una noticia trascendental, en la que Estados Unidos hace una amenaza a los magistrados de la Corte Penal Internacional, a la que aún cuando esta nación fue suscriptor del tratado de Roma, posteriormente lo retira antes de que el Congreso Norteamericano lo apruebe, “lo suscribe en el gobierno de Bill Clinton y lo retira George Bush hijo, porque ellos desconocen la posibilidad de que la justicia internacional juzgue sus crímenes de guerra. Está la magnitud de los crímenes de guerra cometidos por EE.UU que se habla de más de 20 millones de muertos en las propias guerras iniciada después de la segunda Guerra Mundial”.


Calificó al diputado Guaidó, como un buen alumno de las corporaciones internacionales del imperio mundial que ha venido desconociendo el derecho internacional, autoproclamándose presidente de la República y “aprobando” un denominado estatuto para la transición que pretende proteger a la constitución, “las primeras normas de ese estatuto, violan el principio de la soberanía popular establecida en el articulo 5 de la Constitución y de allí en adelante violan transversalmente toda la normativa constitucional, porque desconocen la voluntad popular, desconocen que Venezuela se constituye en un estado democrático social de derecho y de justicia”.


Asimismo, aseguró que al ser aplicado este estatuto, están además desconociendo todos los órganos de justicia, por lo que se preguntó ¿Cómo alguien que ataca la Constitución de esa manera desde los valores primordiales que están en los primeros artículos del texto constitucional, se puede atribuir una defensa?, es una contradicción que cualquier persona de mediano conocimiento del derecho y la política está en la capacidad de vislumbrar, sentenció.


Sin respaldo constitucional


Por su parte, el también abogado Juan Carlos Valdez, recordó que la Asamblea Nacional en desacato, una vez que fue instalada el pasado 6 de diciembre de 2015, tuvo como principal objetivo, tumbar al presidente Nicolás Maduro, conduciéndolos a desmontar el estado nación.


Resaltó la importancia de recordar cómo las acciones de esta Asamblea, influyen en la actualidad en actos inconstitucionales y peligrosos, enfrentándose además al resto de las ramas del Poder Público, como al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), teniendo como excusa la supuesta ilegalidad del mismo porque hubo una serie de magistrados que fueron nombrado según ellos, de manera exprés.


En ese sentido, explicó que el TSJ, consta de 32 magistrados, lo que significa que antes de que se instalara la Asamblea Nacional en desacato, habían 19 magistrados que no tenían su periodo vencido y no lo cuestionaron nunca, porque además participaron en su nombramiento, “una pequeña parte del TSJ, o sea, 13 magistrados de 32, ellos consideraban que eran ilegítimos. Entonces ellos nombraron los otros 13”.


“Si el TSJ tiene 32 magistrados y ellos nombraron solo 13, ¿Cómo es que ellos pueden decir que hay un TSJ en exilio?, no, son minoría incluso aceptándolos en la sala plena, pero también son minoría en cada una de las salas que fueron nombrados, porque cada una de las salas, la mayoría tiene cinco magistrados y la única que tiene siete es la Sala constitucional. Es decir, que en cada una de las salas del TSJ, los magistrados que ellos nombraron, no tendrían mayoría, sería minoría también”, explicó el abogado.


El también conductor del programa Boza con Valdez en VTV, cuestionó que esta Asamblea no solo se dio el lujo de desconocer las otras ramas del poder público, sino que además se arrogaron las atribuciones del resto de los poderes públicos, interpretando la constitución, haciendo sentencias y hasta suplen al presidente de la república que en su imaginario se mantiene.


La AN no tiene facultades de política internacionales


En cuanto al artículo 187, aseguró que ninguna misión de ninguna naturaleza, sin autorización del encargado de la política exterior, es decir del presidente, no lo autoriza previamente, “la Asamblea Nacional no tiene funciones internacionales (…) El presidente de la república puede llamar a una misión pacífica de intercambio militar y luego ser autorizada por la Asamblea Nacional”.


Por su parte, Artigas Pérez, reiteró que quien está autorizado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para suscribir acuerdos y tratados de la república Bolivariana de Venezuela, en la cual tengan interés la república y sus instituciones, es el ciudadano presidente de la República, “Quien dirige la política exterior de un país es el presidente de la República, el comandante de las Fuerzas Armandas, es el presidente, en el ejercicio de esas tres funciones, el presidente de la república puede acordar y suscribir tratados internacionales que en el marco de control que tiene la ANC, autoriza o no la suscripción de esos tratados”.


Finalizaron invitando a estar atentos a un debate que se estará realizando próximamente para ir despejando dudas en cuanto al articulo 187, para que la población venezolana, tenga claridad de lo que esta Asamblea en desacato, intenta lograr en Venezuela.






Tomado de: La Asamblea Nacional en desacato no tiene funciones internacionales aseguran abogados (+Audio)

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