jueves, 9 de abril de 2020

Ministerio de Comercio Nacional dicta normas que deben acatar supermercados y farmacias ante el Covid-19

Foto: Archivo


La ministra del Poder Popular de Comercio Nacional, Eneida Laya, reiteró su llamado a los supermercados y farmacias a  acatar las normas de prevención del virus, así como las medidas necesarias que permitan seguir garantizando el acceso a la población de los bienes y servicios considerados como prioritarios, durante los días de vigencia del Decreto de Estado de Alarma anunciado en Venezuela, para hacer frente a la emergencia sanitaria generada por el Covid-19.



Texto: AVN, MinComercio


En este sentido, la Ministra aseveró que se mantiene la disponibilidad de estos establecimientos, por lo que pide a la población en general, no hacer compras nerviosas ni acaparar productos.


Recordó que las medidas en su conjunto están dirigidas a la adecuación de un horario especial de atención al público, a fin de evitar las concentraciones y aglomeraciones de la población en estos centros de compras.


En relación a los horarios, la ministra Laya insistió que para la cadena de distribución de alimentos perecederos y no perecederos, como supermercados, bodegas de víveres, abastos, charcuterías, carnicerías y panaderías, así como los que se dedican al expendio de agua potable, podrán desarrollar su labor entre las 08:00 a.m. y las 06:00 pm.


No obstante, para el sector farmacéutico del país, se estableció el mismo horario, con la salvedad de cumplir los turnos o guardias programadas y contar con medicamentos disponibles las 24 horas del día, ante cualquier emergencia.


En relación a los mercados municipales, Laya indicó que se establece un horario desde las ocho de la mañana hasta las dos de la tarde, además del cumplimiento estricto de las normas de prevención establecidas a tal efecto.


Asimismo, el Ministerio de Comercio Nacional recomienda al sector comercio a mantener actualizado el inventario de productos, para evitar el desabastecimiento y realizar campañas internas que incentiven a la población a evitar el acaparamiento de productos.


Entre las acciones que deben ser puestas en prácticas para impedir la propagación del virus Covid-19, es la permanecia en los locales sólo de aquellos interesados en la compra de alimentos o productos, por lo que no se permiten los acompañantes.


Por otra parte, se debe exigir el uso adecuado de la mascarilla,  normativa que se hace extensiva  a los propios  trabajadores.


Para el personal que labora en este sector, también se instruye la obligatoriedad de lavarse las manos constantemente con agua y jabón o la solución recomendada por los organismos de salud, así como evitar tocarse los ojos, nariz y boca con las manos.


Es necesario también mantener la distancia mínima de un metro entre los clientes, proveedores, compañeros de trabajo y usuarios en general; evitar compartir artículos de uso personal y desinfectar constantemente las superficies y objetos expuestos o de acceso a los clientes y usuarios.


Todos los establecimientos comerciales deberán contar con dispensadores de jabón, de gel desinfectante o solución alcohólica para mantener una higiene adecuada de los empleados.


Asimismo, se recomienda verificar cada dos horas, el adecuado funcionamiento de los dispensadores, procediendo a surtir, reparar o sustituir de manera inmediata, en caso de ser necesario.


Se considera importante para el desarrollo satisfactorio de esta jornada, realizar la limpieza y desinfección frecuente de los puestos de trabajo y de las instalaciones en general, con especial atención a superficies, pomos de las puertas, muebles, exhibidores, vitrinas, entre otros de fácil acceso a los usuarios; usando productos como cloro, lejía u otros recomendados para eliminar el virus, realizando una limpieza profunda al iniciar y finalizar la jornada.


Igualmente, se les recuerda a los responsables de los comercios  la necesidad de evaluar el personal que tenga en su nómina con condiciones de riesgo y determinar la necesidad de mantenerlos en cuarentena preventiva y prestando servicios desde el hogar.


Finalmente, los establecimientos que ofrecen los servicios de reparto a domicilio o pedidos para llevar, se recomienda acordar el pago vía on-line para evitar el uso de efectivo o intercambio de tarjetas en el domicilio del cliente.


De igual manera, se recomienda hacer la entrega en la puerta del domicilio, sin acceder a la vivienda, manteniendo en todo caso la distancia de al menos un metro con el cliente y sin ningún tipo de contacto físico.






Tomado de: Ministerio de Comercio Nacional dicta normas que deben acatar supermercados y farmacias ante el Covid-19

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